Discernimiento es la acción y el efecto de discernir, del latín “discernere” en el sentido de distinguir o separar. El sufijo “mentum” alude a que se trata de un medio.
El discernimiento es la facultad humana que permite diferenciar unas cosas de otras, sean ellas materiales o espirituales. El instrumento que se emplea para ello es la razón, y el resultado de emplear el discernimiento en la toma de decisiones conduce a que ellas sean más sabias y prudentes.
Ejemplos: “Debo discernir entre dos carreras que me gustan, y a efectos de hacer una buena elección evaluaré lo positivo y negativo de cada una” o “No es fácil discernir cual es el mejor camino a seguir cuando se tienen como yo, tantas necesidades”.
En el ámbito del Derecho los actos jurídicos requieren ser hechos con discernimiento, intención y voluntad, entendiéndose por discernimiento, tener la capacidad de saber el contenido del acto que se está realizando y las consecuencias que le traerá. Se considera que un acto jurídico fue hecho sin discernimiento si es ejecutado por un menor de edad, un demente o por alguien que accidentalmente se encuentre sin posibilidad de razonar. Para que estos incapaces de hecho puedan válidamente actuar en el ámbito jurídico deben contar con la presencia de sus representantes legales: padres, tutores o curadores, dependiendo del caso. En el ámbito penal, la falta de discernimiento, por no comprender las diferencias entre el bien y el mal, hace a la persona inimputable.
Discernir entre el bien y el mal, supone tener una escala de valores establecida por la religión, por la conciencia y/o por el Derecho. En general los valores individuales y sociales más importantes que se consideran bienes valiosos, son los mismos en todos los ámbitos: el respeto a la vida, a la libertad, a la dignidad y al patrimonio ajeno. Lo malo es lo que atenta contra esos valores. Sin embargo, discernir entre mentir o no mentir, puede implicar el cotejo y discernimiento entre normas religiosas y morales, ya que el Derecho solo castiga al que miente en casos puntuales, como ocurre con el delito de falso testimonio.
En el plano jurídico, también se denomina discernimiento al nombramiento judicial que le posibilita a alguien ocupar un determinado cargo, por ejemplo en el caso del cargo de tutor, cuando el magistrado debe elegir entre varios candidatos.